En Apoyo a los Trabajadores Temporales de las Administraciones Públicas



Desde mayo de 2018 el Espacio de Encuentro Comunista se ha hecho eco con regularidad de la denuncia de los empleados públicos con contratos temporales. Hasta ese momento su protesta se centraba en la inestabilidad de su situación laboral, ya que la temporalidad se alargaba impunemente durante años o décadas. Pero a partir de ese momento su situación se agrava, pues han pasado a estar directamente amenazados de despido. En estos momentos la estimación apunta a que unos 800.000 puestos de trabajo públicos pueden verse en peligro de una forma o de otra en los próximos meses.

Desde el EEC defendemos que su situación no puede analizarse como un mero conflicto laboral, pues sus causas son más profundas. Comparten con el resto de trabajadores del sector privado la misma fundamentación: la necesidad de transferir rentas desde los trabajadores hacia los beneficios del capital. En un texto anterior, centrado en los recortes sanitarios, ya explicamos cómo la degradación de los servicios públicos había que entenderla como un proceso de reducción de los salarios globales de la clase trabajadora. Las diferencias entre trabajadores públicos y privados solo vienen dadas por la distinta relación que cada uno de estos dos grandes grupos de trabajadores establece con los poseedores privados de los medios de producción. Mientras los trabajadores del sector privado son fuente directa de plusvalía, los trabajadores del sector público juegan distintos papeles de cara al capital según su función: o bien son un gasto necesario para el capital que hay que minimizar (justicia, fuerzas de seguridad...) o bien son prestatarios de servicios públicos que habría que eliminar, para dejarlos en manos del mercado y al alcance solo de quien se los pueda pagar. En caso de que un servicio público no pudiera ser eliminado o privatizado, el mal menor desde el punto de vista del capital sería que fuera prestado por empresas privadas subcontratadas por la Administración.

Así pues, el ataque sobre las condiciones laborales de los empleados públicos representa en realidad un conflicto de carácter político y común a todos los trabajadores, un conflicto en el que confluyen varios frentes relacionados: a) es parte central del proceso de destrucción y/o mercantilización de los servicios públicos; b) es un ataque a los derechos laborales de cientos de miles de trabajadores con nombre y apellidos; y c) es una ofensiva para rebajar las condiciones laborales de todos los empleados públicos -que hasta hace poco actuaban como referente de todos los trabajadores- hasta los niveles de la empresa privada.

El proceso para degradar el empleo público.

La Administración no es el salvaje oeste laboral ni está a expensas de las decisiones arbitrarias de los políticos de turno. Las condiciones laborales de los empleados públicos no se rigen por el Estatuto de los Trabajadores que se aplica a los trabajadores del sector privado, pero tienen un marco legal de igual calibre: el Estatuto Básico del Empleado Público. En otra ocasión podríamos discutir sobre la idoneidad de este doble marco legal, pero a los efectos que nos ocupan ahora, solo nos interesa saber que dicho Estatuto rechaza la temporalidad -al menos sobre el papel- tanto como lo hace la legislación laboral de ámbito privado -también sobre el papel-.

Sin embargo, la contratación temporal indiscriminada en la Administración se convirtió en el recurso mágico con el que los dirigentes políticos de uno y otro partido podían: a) evitar ocupar puestos de funcionario que acumularan mejoras salariales con los años; b) evitar que dichos puestos quedaran afianzados; y c) mover al personal a capricho, sin necesidad de prestar atención a derechos de los trabajadores o a la estabilidad que requiriera la correcta prestación del servicio. Es decir, los gestores de la Administración han estado utilizando de forma arbitraria y abusiva la contratación temporal como forma de mantener el personal por debajo de las necesidades del servicio a la vez que se abarataba su coste.

A partir de la crisis de 2007 este abuso se agudizó. La manera más sencilla para acometer los recortes en los servicios públicos pasaba por dejar de convocar oposiciones para cubrir plazas de nueva creación y vacantes, destruyendo las plazas de los fijos que se jubilaban. Así, poco a poco, los servicios públicos han ido sustituyendo a trabajadores con derechos plenos por un número inferior de trabajadores sobrecargados de trabajo y en peores condiciones laborales. Es el viejo mecanismo de la sobre-explotación capitalista actuando en la órbita pública.

Los trabajadores no han asistido pasivos a este proceso y han denunciado todos sus aspectos. De hecho, sus protestas por la vía legal han recorrido todo el camino que va desde los tribunales ordinarios hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En todos ellos ha quedado corroborado que su situación laboral supone un fraude por parte de la Administración como empleador.

El recurso sistemático al fraude de la Administración agota su recorrido.

Llegamos así a una situación en la que el Estado ha creado una contradicción entre su propia legislación y su obligación de actuar en última instancia como defensor de los beneficios privados. Y hablamos de obligación porque, enfrentado con esa contradicción, se impondrá de forma inevitable y transparente el carácter de Estado de clase, que optará por llevarse por delante cualquier legislación laboral garantista que los trabajadores hubieran conseguido arrancar en el pasado.

España es un Estado capitalista de segundo orden, con empresas de baja cualificación técnica, que necesitan para competir en los mercados internacionales de un marco legal laxo o que sepa hacer la vista gorda cuando sea necesario. Si durante años la situación de temporalidad abusiva fue manejada con este criterio por parte de la justicia española, la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), condenando el abuso de la temporalidad en base a las propias leyes españolas, obliga al Estado español a tomar medidas a desgana. Pero no nos confundamos, puede que los jueces a nivel europeo no puedan optar por la inacción como sus provincianos colegas españoles, pero ello no significa que los tribunales o las instituciones europeas no ostenten en última instancia el mismo carácter de clase que los Estados nacionales. Si existen sentencias del propio TJUE que dictan que los trabajadores que han sufrido la temporalidad abusiva deben ser tratados como trabajadores indefinidos, dichos dictámenes han sido sistemáticamente ignorados o “reinterpretados” cuando vuelven a España y pasan por nuestro Tribunal Supremo. En ese momento, de la sentencia del TJUE solo se resalta lo obvio -lo injustificado de la temporalidad generalizada-, pero se bloquean las consecuencias legales que supongan la conversión automática del tipo de contrato de los trabajadores. Los tribunales europeos, que tan inflexibles son con la interpretación de sus sentencias cuando estas afectan a los derechos del capital, no parecen tener ningún problema en que sus dictámenes sean tergiversados para evitar aumentar precisamente los gastos del capital a través de la imposición en la práctica de unos derechos laborales que en realidad son papel mojado.

Nos encontramos así con que, de la situación enquistada tras años de abusos laborales y múltiples sentencias condenatorias a todos los niveles judiciales, los responsables políticos solo se consideran forzados a sacan dos conclusiones de perogrullo: que algo no se ha hecho muy bien y que habría que evitar que la situación se prolongara.

Pero entonces, ¿cómo se consigue que cientos de miles de trabajadores que son víctimas de una situación de abuso de temporalidad puedan ser despedidos sin levantar un gran revuelo?

Estamos en el momento de la verdad. El Estado español, en un frente común desde sus tres poderes ejecutivo, legislativo y judicial, está empeñado en un proceso de flexibilización laboral y de reducción de costes laborales en la Administración. Este proceso está en sintonía con Europa, pero desde Bruselas no pueden permitir que se siga gestionando mediante la táctica del avestruz, y urgen al Gobierno de España a que siente las bases permanentes del abaratamiento definitivo de las administraciones y a que afronte ya el inevitable conflicto con los trabajadores que ahora se encuentran en tierra de nadie. Las sentencias del Tribunal Europeo de Justicia dotan de autoridad al Gobierno para acometer la reforma de forma urgente, pero se equivocará quien las lea como una intención de orientarla de forma progresista. Tan europeos ellos, solo nos piden que cambiemos la informalidad por “flexibilidad”.

La manera en la que afrontar este reto se diseñó durante la presidencia de Rajoy, y el Gobierno de Sánchez ha seguido en la práctica el mismo esquema. Los ejes principales son los siguientes:

 

  • Rechazar tajantemente cualquier derecho de los trabajadores temporales a que su plaza se convierta en fija.
  • Modificar el Estatuto Básico del Empleado Público para facilitar la contratación de nuevos trabajadores en condiciones de temporalidad mejor regladas. Es decir, un borrón y cuenta nueva legislativo sin mejorar la calidad del empleo.
  • Publicitar oposiciones para funcionarios que no cubrirán ni de lejos el total de las plazas perdidas entre jubilaciones no respuestas, oposiciones no convocadas durante años y temporales despedidos.

El escollo más grande para llevar a cabo este proceso se encontrará sin duda en los trabajadores temporales que serán despedidos después de desempeñar sus trabajos durante años -o incluso décadas- en las administraciones públicas. En gran parte son los interinos a los que todos conocemos, aunque hay otras figuras de contratación afectadas. Hasta ahora la actuación del Gobierno y del Tribunal Supremo con ellos ha querido ser categórica: por un lado se les ha negado la misma posibilidad de defenderse, negándoles falsamente cualquier base legal sobre la que reclamar el puesto de trabajo que ocupan; pero tampoco se ha hecho asco a la demagogia, dando a entender que los trabajadores y trabajadoras afectados no están capacitados para ocupar los puestos que llevan desempeñando durante años, o que para quedarse con la plaza tienen que cumplir los principios constitucionales de acceso, cuando todos ellos ya accedieron cumpliendo con esos principios hace décadas.

Conforme se acerca el momento de poner las cartas boca arriba, la actuación del Gobierno y del Tribunal Supremo indica que van a intentar aflojar la presión durante el período de rodaje de la nueva legislación haciendo concesiones que desactiven la lucha unitaria. Así, una nueva sentencia del Tribunal Supremo se abre de repente a que un colectivo indefinido de interinos puedan pasar a ser considerados como “indefinidos” no fijos, lo cual significa que podrían seguir ocupando su plaza mientras esta no sea asignada a un funcionario o sea cancelada, momento en el que tendrían derecho a una indemnización. Es decir, en ningún caso se concede la fijeza en el puesto, pero ahora un grupo de “afortunados” dispondrán de un tiempo de gracia y de una indemnización cuando les echen de una plaza que es necesaria.

El Gobierno juega la carta de crear división entre los trabajadores; tanto entre aspirantes a plazas públicas e interinos, como entre los indefinidos y los que no lo consigan, y sin hacer ascos a enfrentar mediante mensajes demagógicos a los propios usuarios con los temporales. Los grandes sindicatos, que no pueden eludir su responsabilidad al estar sentados en la mesa de negociación, colaboran en esta destructiva tarea como parte interesada en el negocio de la formación de opositores. Por eso es importante ser muy claros. Los trabajadores temporales son víctimas de una situación de temporalidad injustificada y exageradamente prolongada en unos puestos de trabajo que tienen características estructurales. Como cualquier trabajador, tienen derecho a poder acometer sus planes de vida sin la incertidumbre de si el puesto de trabajo que ocupan les pueda ser arrebatado de forma inesperada. Ese es un derecho aplicable a cualquier trabajador en el sector privado y también en el público. Cualquier victoria en este sentido será una victoria de todos los trabajadores, y por eso hay tanto interés en evitarla por parte del Estado. Por otro lado, los trabajadores y trabajadoras temporales del sector público han llegado a sus puestos de trabajo por medios legales y reglados; es decir, han demostrado sus méritos para acceder al puesto de trabajo. Ni que decir tiene que los largos períodos de desempeño en el puesto temporal dejan atestiguada sin ninguna duda su capacidad. Así pues, la realización de procesos de regularización extraordinarios no solo es viable atendiendo a su contratación, sino que es de justicia atendiendo a su prolongada situación irregular y de interés general si deseamos garantizar el mejor funcionamiento de los servicios públicos.

De hecho, la consolidación de los temporales en su puesto no agota las necesidades de dotación de personal de las administraciones públicas, pues solo fija las plazas ya existentes. Como indicábamos anteriormente, tras años de no cubrir los puestos de los trabajadores jubilados, de no atender a las necesidades crecientes o de derivar tareas a entidades privadas, hacen necesaria la convocatoria de plazas adicionales mediante oposiciones. Esa es la forma de evitar de nuevo la contratación temporal, justo lo opuesto a modificar la ley para facilitar la contratación de temporales con menos garantías.

Se trata de un problema de clase y el conflicto debe escalar hasta lo político

Ya tenemos la visión para comprender que el proceso en su conjunto trasciende la mera reclamación salarial o de derechos laborales de un colectivo. Lo que se conoce de la nueva legislación que el Gobierno pretende aprobar en los próximos meses refleja la intención de llevar a cabo una reducción de la Administración desde dentro. Para ello usan el viejo truco de aprovechar una situación insostenible -que ellos mismos han provocado- para justificar la toma de medidas drásticas que en realidad acentúan el daño. Los ejemplos abundan: todas las leyes que facilitan el despido se amparan en el número de parados, el recorte de las pensiones siempre parte de una supuesta urgencia por “salvar las pensiones”, etc.

Pero se equivocará quien piense que la nueva legislación va a impedir la contratación temporal en la Administración. Todo lo contrario. Las medidas a implementar tras librarse de los trabajadores temporales actuales pasan por reglar de una forma menos problemática la contratación y gestión de nuevos empleados temporales. Es decir, se sustituye a temporales de larga duración y derechos “excesivos” por nuevos temporales que estén obligados a rotar o a ser expulsados con una mayor frecuencia para que no puedan alegar continuidad en el puesto. En el colmo del despropósito, una de las medidas que se están barajando pasa por castigar a la administración que exceda el tiempo en el que mantiene un puesto de trabajo sin cubrir con la eliminación de dicho puesto. Es decir, el “castigo” a la mala gestión pública se hace recaer sobre los usuarios de los servicios públicos -mayoritariamente trabajadores-, que ven desaparecer un puesto de trabajo cuyas tareas estaban a su servicio. El Gobierno actual, supuestamente progresista, dota así a los partidos que abogan por reducir lo público con una herramienta de oro para eliminar en pocos años los puestos que les dé la gana en todas las administraciones en las que gobiernen. Por supuesto, en ningún lugar aparece ninguna obligación firme de convocar oposiciones o de incrementar los puestos de funcionarios para hacer fijos los puestos temporales.

En los próximos meses asistiremos con toda seguridad a maniobras de distracción. El Gobierno y los sindicatos mayoritarios en la Administración se enfrascarán en discusiones bizantinas sobre algún artículo o aspecto especialmente sangrante de la nueva ley, se intentará llegar a acuerdos sectoriales o por categorías para dividir a los trabajadores más afectados o para apaciguar a los que gocen de mayor respaldo popular, posiblemente se intentará pactar indemnizaciones con las que callar  a los que van a ser despedidos, o harán creer que regularizan por sectores, por antigüedad o por edad. Nada de eso debe engañarnos. Esos trabajadores están realizando funciones necesarias en servicios públicos que todos precisamos, han accedido a sus puestos de trabajo de forma legal y han sido mantenidos en régimen de temporalidad en contra de su voluntad. Queremos pues que sus contratos de trabajo adquieran la categoría de fijos. Además de estas regularizaciones extraordinarias, exigimos que se convoquen oposiciones para ocupar los puestos de trabajo adicionales que han desaparecido en los últimos catorce años. Queremos unos servicios públicos de calidad prestados por el número de trabajadores estables que sea necesario.

 

Espacio de Encuentro Comunista, julio de 2021

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